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Se definen como SANDACH todos los subproductos de origen animal no destinados a consumo humano – ya sea por motivos sanitarios, medioambientales o comerciales (los productos caducados o mal envasados..) que se generan en la producción primaria ganadera y en las industrias de transformación de los alimentos de origen animal: “cuerpos enteros o partes de animales o productos de origen animal de las tres categorías en la que se clasifican no destinados a consumo humano”.

 

REGLAMENTACIÓN EUROPEA Y NACIONAL

El Reglamento (CE) Nº 1069/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (UE) Nº 142/2011 de la Comisión constituyen desde el 4 de marzo de 2011 el marco legal comunitario. Su gestión desde el momento en que se generan hasta su uso final, valorización o destrucción, está regulada para garantizar que durante la misma no se generan riesgos para la salud humana, la sanidad animal o el medio ambiente y especialmente para garantizar la seguridad de la cadena alimentaria humana y animal.

En España el Real Decreto 1528/2012 estableció las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria sobre SANDACH. Entre otras medidas crea la Comisión Nacional de Subproductos de origen Animal No Destinados Al Consumo Humano para el seguimiento y la coordinación de la ejecución de la normativa sobre estos productos.

Todos los establecimientos que operen con SANDACH deben estar registrados y controlados por la Autoridad Competente. Asimismo, con el fin de conservar la trazabilidad a lo largo de toda la cadena, los movimientos que se realizan en cada etapa de generación, transporte,  uso o eliminación, deben ser igualmente registrados.

La normativa tipifica 3 categorías de subproductos de origen animal no destinados a consumo humano, según un criterio de peligrosidad.

LA CORRECTA GESTIÓN DE LOS SANDACH ES IMPRESCINDIBLE PARA CUIDAR DEL MEDIO AMBIENTE Y DE LA SALUD DE LAS PERSONAS Y ANIMALES

 

CATEGORÍA 1

Son los que presentan mayor riesgo de contaminación:

  • Residuos que contienen cuerpos o partes del cuerpo de animales sospechosos de estar infectados por enfermedades;
  • Animales sacrificados por aplicación de medidas de erradicación de enfermedades;
  • Animales de experimentación;
  • Productos de animales a los que se les hayan administrado sustancias prohibidas.

 

CATEGORÍA 2

Los de categoría 2 son aquellos cuyo consumo podría implicar algún riesgo:

  • Subproductos recogidos de aguas residuales de industria o establecimiento, por ejemplo, lodos;
  • Subproductos que contengan residuos de sustancias autorizadas o contaminantes que sobrepasen niveles autorizados;
  • Productos de origen animal declarados no aptos.

 

CATEGORÍA 3

Los subproductos de categoría 3 representan el rango de peligrosidad más bajo y forma parte de este grupo:

  • Cuerpos o partes de animales sacrificados que son aptos para el consumo humano, pero no se destinan a este fin y que no muestran  signos de enfermedad trasmisible, por ejemplo, sangre, cabezas de aves de corral, pieles, huesos, plumas, etc.
  • Productos y Subproductos de origen animal alimenticios que no estén destinados al consumo humano por motivos comerciales (defectos de fabricación o envasado y otros defectos que no supongan un riego para la salud).

 

DESTINO DE LOS SANDACH

El destino de los SANDACH es diferente.

Los que pueden representar un riesgo para la salud o para el medio ambiente son separados e identificados meticulosamente, sometidos a tratamientos de trasformación para eliminar su peligrosidad y eliminados posteriormente mediante la incineración o el enterramiento.

Los que no representan ningún tipo de riesgo, una vez sometidos a tratamientos muy estrictos en empresas especializadas, pueden ser destinados a la fabricación de productos técnicos, o, tal vez, usados como alimentos para animales.

 

EL TRANSPORTE DE LOS SANDACH

La normativa actual  también es muy escrupulosa en cuanto a su transporte. 

  • Notificación a la autoridad competente..
  • El proceso debe llevarse a cabo sin retrasos y en condiciones saludables.
  • Etiquetado en color verde de los envases, vehículos y contenedores, cuando se trate de comercio intracomunitario.
  • El traslado de este tipo de productos deberá incluir todos los documentos exigidos por la ley.
  • Registro de envíos y de las empresas implicadas.
  • Uso de cisternas especiales. Está prohibido utilizar las mismas para productos destinados al consumo humano, con el fin de evitar su contaminación.

REGUSA RECYCLING & RECOVERY está autorizado al transporte de SANDACH de categoría 2 y 3 con CÓDIGO S19130013 –  http://www.sandach.com.es/ –  garantizando la salubridad, el cuidado medioambiental y la trazabilidad de tales envíos. 

 

FUENTES:

LIBRO BLANCO DE LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO

LISTADO SANDACH DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIAS

 

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